La Justicia sobreseyó al sindicalista químico Fabián Hermoso

28/05/2021
enviar por mail imprimir Disminuir el tamaño del texto. Aumentar el tamaño del texto.
FUENTE

SN Online

MAS INFO SOBRE...

Nacionales

PALABRAS CLAVES

La Sala I de la Cámara de Apelaciones de Quilmes dictó el sobreseimiento de titular del sindicato de trabajadores Químicos y Petroquímicos, Fabián Hermoso, por la causa por asociación ilícita en la que había sido procesado tras una denuncia realizada por el ex ministro de Trabajo de María Eugenia Vidal, Marcelo Villegas.

Según se informó, con esta decisión de la Justicia quedó sin efecto un procesamiento que se había dictado a Hermoso por conflicto laboral que venía teniendo la empresa Síntesis Química con sus trabajadores, donde se garantizaban pagos por parte de la empresa que no se habrían cumplido y que derivó en un reclamo sindical.

En ese marco, tomó intervención el Ministerio de Trabajo para arribar a un acuerdo o solución del conflicto con Hermoso, en carácter de secretario general de la Federación Argentina de Industrias Químicas y Petroquímicas, “siendo sin duda su intervención , legítima y acorde a su cargo”, indicó su defensa cuando insistió con el sobreseimiento de la causa.

Según informó Clarín, el Ministerio de la Provincia de Buenos Aires insistió que hubo testimoniales en el expediente sobre maniobras de extorsión, reclamando dinero a cambio de permitirles el funcionamiento de las empresas.

Sin embargo, los jueces de la Cámara de apelaciones de Quilmes resolvieron que “ninguno de esos testigos le dirige una imputación a Fabián Hermoso ni lo individualizan como alguno de los partícipes de dichos delitos; mucho menos aparece sindicado como jefe u organizador de una asociación ilícita; ni siquiera alcanzó a inferir de dichos testimonios, indicios que lleven a sostener tal imputación”

Al analizar las pruebas del expediente, la Justicia determinó finalmente que no había elementos o indicio alguno que involucrara a Hermoso como parte integrante o que formaba parte del delito de asociación ilícita.

La resolución judicial firmada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones de Quilmes, sostuvo que “la prueba reunida en autos no acredita que el imputado haya cometido el delito, -ni siquiera la probabilidad de su comisión-, no corresponde elevar la presente causa a juicio, máxime considerando que han vencido todos los términos de la investigación penal preparatoria y que no parece razonable objetivamente prever la incorporación de nuevos elementos de prueba, razones por las cuales el sobreseimiento se impone”.

“Toda esta causa ha sido un disparate, un invento; la empresa Síntesis Química debía a la gente 18 quincenas de sueldos, no tenían ART y nuestra obra social le dio cobertura gratis por 2 años; obviamente no pagaban ni cuota sindical ni cuota federativa ni obra social. Tuvimos la suerte que la Cámara Penal de Quilmes, en cada situación que le ha tocado intervenir, haya puesto orden en este expediente”, dijo Hermoso.