Edesur deberá indemnizar con más de 50 mil pesos a una familia

El titular del servicio, que se presentó como damnificado denunció a la empresa de energía por más de mil horas de cortes de luz.

27/09/2019
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SN Online

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En su fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones ordena a la prestataria a remediar lo provocado a un matrimonio, que habita una vivienda con sus hijos y una persona de edad avanzada, porque “es indudable que las consecuencias que traen aparejadas los cortes de energía superan las simples molestias y se elevan al rango de una causal de perturbación de la paz y tranquilidad, con entidad suficiente para configurar un daño moral”.

Para los magistrados, “el incumplimiento de la obligación de suministrar con calidad y eficacia el servicio de electricidad da origen a la responsabilidad de la distribuidora, pues en este ámbito el mero incumplimiento hace presumir la culpa iuris tantum, sin que haya probado la existencia de un caso fortuito, la culpa de la víctima o de un tercero por el que no debe responder; más aún cuando los actores versaron numerosos reclamos”.

De esta manera, Edesur deberá abonarle a los denunciantes la suma de 56.645 pesos en concepto de “daño moral, material y punitivo”.