Rige la veda: las prohibiciones que establece la ley

De acuerdo al Código Electoral Nacional, 48 horas antes de la apertura del acto comicial se dio inicio a la veda, a fin de que los electores utilicen esas horas para reflexionar acerca de su voto.

09/08/2019
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Desde las 8 de la mañana de este viernes rige la veda electoral de cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo domingo 11 de agosto.

La veda prohíbe la realización de actos públicos de proselitismo así como la publicación y divulgación de encuestas y sondeos preelectorales, así como la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización no se podrán hacer espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, como toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado, 12 horas antes de la apertura de las mesas, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.

Asimismo, los ciudadanos que no la respeten podrían ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta. "Se impondrá prisión de quince días a seis meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario", dice la norma.